El Hábeas Data es un derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recolectado sobre ellas, en diferentes entidades de carácter público o privado que tengan bancos de datos o archivos. Este derecho permite que el titular de datos personales tenga la facultad de exigir a las administradoras de esos datos el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de los datos, permitiendo así mismo la limitación de las posibilidades de su divulgación, publicación o cesión.

Se encuentra establecido en artículo 15 de la Constitución Política y tiene como finalidad salvaguardar los siguientes derechos, las libertades y garantías constitucionales:

1. El derecho a la intimidad personal y familiar; dentro de ello el derecho al buen nombre. 

2. El derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. 

3. El derecho a la libertad, esto es el de informar y recibir información veraz e imparcial. Así como el derecho a ser libre que estipula el artículo 28 de la Constitución. 

4. El derecho al acceso de la información personal.

El Hábeas Data es un derecho que permite que las entidades públicas o privadas con archivos o bancos de datos, puedan solicitar  información, a través de una petición requerida a los titulares de la misma, ya sea para conocerla, actualizarla o rectificarla. De no ser así, la delegación para la protección de datos personales de la Superintendencia de Industria y Comercio, tomará las medidas pertinentes para solucionar dicha situación.

Así mismo, en caso de que alguna entidad vulnere o haga caso omiso del derecho a la protección de datos de alguna persona recibirá una sanción y multa, además de que la persona afectada tiene la oportunidad de interponer una acción de tutela exigiendo una solución por el uso no autorizado de datos o información.